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MUJERES UNIDAS

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PAULINA TAMAYO

SRTA.COMFRATERNIDAD

Friday, July 8, 2011

Mujer

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MUJER

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LAS PROPUESTAS DE LAS MUJERES

Uno de los elementos claves en los que existe un acuerdo entre las mujeres es que

la parte dogmática del texto constitucional del 98, es decir los derechos humanos

consagrados constituye una base importante, una conquista que no puede ser

abierta salvo si es para mejorarla.

Otro elemento fundamental, en el que coincidimos con muchos sectores, es que la

parte orgánica de la Constitución no corresponde al rol del Estado Social de

Derecho, cuya institucionalidad deberá promover y proteger el conjunto de

derechos de todos/as las/os ciudadanas/os sin ningún tipo de discriminación.

Los temas estratégicos para las mujeres constituyen:


1. Principios


• La necesidad de explicitar que el Estado ecuatoriano debe ser un Estado

Laico, como una expresión del reconocimiento de las libertades

fundamentales, consagradas particularmente en la realización de dos

derechos: el derecho a la educación y a la salud en tanto elementos

esenciales de la realización de una vida digna.


• Estado Plurinacional, como parte del reconocimiento de la diversidad étnico

cultural de los pueblos, nacionalidades y territorios que habitan el Ecuador.


• Una organización territorial ya sea de regímenes autonómicos de provincias

o asociaciones de provincias o regiones salvaguardando los principios de

solidaridad y equidad en la redistribución de los recursos.


2. De los derechos, garantías y deberes


• Añadir un artículo después del artículo 18 que establezca que La ley

garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad

ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas de acción positiva a favor

de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o

vulnerables, protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de

las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de

debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se

cometan.


3. Ampliación de los Derechos Fundamentales


• Inclusión de la tutela del derecho a la igualdad y la no discriminación, en la

medida en que existe la necesidad de superar la cultura androcéntrica y la

creencia de que la aplicación de los derechos de las mujeres son

discrecionales a las autoridades y funcionarios/as públicos/as.


• La ampliación del derecho a la integridad, para incluir de manera explícita en

la prevención, eliminación y sanción de la violencia a las niñas y

adolescentes o cualquier tipo de discriminación, estigma o violencias contra

las mujeres, a lo largo de todo el ciclo de vida.

Incluir los delitos sexuales, trata de personas, explotación sexual, la

pornografía y todas las formas de violencia de género, como delitos

imprescriptibles.

• En el derecho a la libertad de las personas incluir la elección libre,

voluntaria, sin coerción, violencia y discriminación en todos los ámbitos

relacionados con la sexualidad, incluido el placer, la opción sexual y la

reproducción.


• El derecho a la paz, entendida no sólo como la ausencia de guerra, por los

efectos de la aplicación del Plan Colombia en la frontera norte, sino como un

contexto socio-cultural, político y económico que posibilite el ejercicio del

conjunto de derechos.


• Explicitar el rol de las políticas públicas para la promoción y protección de

los derechos humanos de todas las personas sin discriminación, a través de

planes, programas y proyectos permanentes y periódicos, así como medidas

para la protección integral para la restitución los derechos cuando éstos

hayan sido violados.


• El reconocimiento de la unión estable y monogámica de dos personas que

formen un hogar de hecho, independientemente de su sexo.

• El fomento de la responsabilidad de hombres y de mujeres en todos los

aspectos relacionados con la sexualidad y la reproducción, incluyendo las

tareas del cuidado, el acceso y uso de métodos de anticoncepción.


• Inclusión de libertades fundamentales de hombres y mujeres y de la

seguridad social, en igualdad de oportunidades y el desarrollo centrado en el

bienestar del ser humano, equitativo e inclusivo en igualdad de

oportunidades”


• Añadir en el derecho a la igualdad y no discriminación orientación sexual, la

capacidad y condición de salud.


• Agregar un numeral que esteblezca la obligación del Estado de garantizar a

hombres y mujeres igual goce de todos los derechos económicos, sociales y

culturales


4. De la Institucionalidad de Género


• La dotación de rango ministerial al CONAMU, organismo especializado en la

incorporación del enfoque de género en planes y programas; la obligación de

todas las instituciones del sector público del Estado Central y Local para

aplicar las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

La asignación anual de recursos por parte del Ministerio de Economía y

Finanzas para la ejecución de las políticas y programas que ejecuta el

CONAMU en el marco de los Planes de Igualdad de derechos y oportunidades

hacia la equidad de género.


La obligatoriedad de las instituciones públicas de asignar recursos en sus

presupuestos anuales para incorporar el enfoque de género en las políticas

públicas, planes y programas a su cargo.


• El CONAMU como actor de la institucionalidad de género debería ejercer las

funciones de control en contra de la discriminación de género, igualdad de

oportunidades, en todos los niveles.

VIDA

Anette Moreno- Eres Lindo

Cuña

amorsot - Track 05
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